El pleno de la Cámara de Diputados de México aprobó por amplia mayoría una reforma al Código Penal que prohíbe las terapias de conversión, consideradas como intentos de cambiar la orientación sexual de las personas.
Con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, se avaló la adición del artículo 465 Bis a la Ley General de Salud, que establece la prohibición de estas prácticas. La reforma contempla multas económicas de mil o dos mil pesos, dependiendo del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como una pena de hasta 6 años de prisión para quienes promuevan o realicen las terapias de conversión.
La iniciativa fue promovida por las senadoras Citlalli Hernández de Morena y Alejandra Lagunes del PVEM, quienes ya habían impulsado el proyecto en el Senado de la República.
Esta medida representa un avance significativo en la protección de los derechos de la comunidad LGBT+, al poner fin a prácticas discriminatorias y perjudiciales para la salud mental de las personas.
La aprobación de esta reforma marca un paso importante hacia la garantía de la igualdad y el respeto a la diversidad sexual en México.