Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
El Congreso del Estado analizará una iniciativa de reforma al Código Penal que impediría la libertad bajo fianza a los conductores que causen accidentes fatales por manejar a exceso de velocidad o en sentido contrario a la circulación.
La acción legislativa que adicionará un artículo 73 Bis al ordenamiento punitivo, fue presentada durante la sesión ordinaria del Pleno Legislativo de este miércoles, por el diputado Juan Vital Román.
Dicho artículo establecerá que: “En los casos de homicidio y lesiones que se cometan con motivo del tránsito de vehículos, se considera culpa grave, a quien sin causa justificada incurra en cualquiera de las siguientes fracciones:
- Cuando el presunto responsable, se conduzca con exceso de velocidad, en más de treinta kilómetros por hora del límite establecido para la zona en donde ocurrió el accidente vial;
- Cuando el presunto responsable conduzca un vehículo en sentido contrario a la circulación señalada o invada zonas peatonales;
3.-Cuando el presunto responsable conduzca un vehículo en zonas visiblemente concurridas por personas, como mercados ambulantes, peregrinaciones, manifestaciones, zonas escolares, a consecuencia o de acciones u omisiones graves;
4.-Cuando el presunto responsable del hecho se niegue a proporcionar una muestra de orina, sangre o aire aspirado en el alcoholímetro o alcohómetro, para medir el porcentaje de alcohol y examen toxicológico.
El legislador morenista argumentó que la reforma es necesaria porque convencer a los conductores de que respeten los limites de velocidad no es una tarea fácil.
“Los diversos estudios indican que nada menos que un tercio de los siniestros con víctimas mortales están relacionados con la velocidad excesiva” indicó.
“Desde esa perspectiva, dijo, es necesario establecer penalizaciones lo suficientemente altas para disuadir a las y los conductores de exceder los límites legales de velocidad, además para lograr un cambio de conciencia en ese sentido, cuyo objetivo principal es salvar vidas, no infraccionar ni recaudar fondos”, añadió.
El legislador señaló que, hasta ahora la gravedad de la culpa queda al arbitrio de los juzgadores, por lo que con la reforma propuesta en cualquiera de los cuatro supuestos no cabrá margen de interpretación y se considerará imprudencia grave cuando se de alguna de las condiciones previstas.
De esa manera, el presunto responsable de un homicidio o lesiones con motivo del tránsito de vehículos, deberá enfrentar su proceso en prisión al no poder obtener la libertad bajo fianza.