Por Rogelio Rodríguez Mendoza/Noticentro.mx
Conductores de Uber, DiDi y otras plataformas, no podrán negar o condicionar viajes a personas con discapacidad por ir acompañadas de perros guía, utilizar sillas de ruedas u otros implementos médicos u ortopédicos, ni aplicarles cobros extraordinarios.
El Pleno del Congreso del Estado aprobó este jueves, durante sesión extraordinaria, la reforma a la fracción I del artículo 35 Sexies de la Ley de Transporte para el Estado de Tamaulipas.
La modificación obliga a las empresas de redes de transporte a mantener una política clara de no discriminación hacia usuarios y conductores privados que utilicen sus plataformas.
En particular, la nueva disposición establece que las personas con discapacidad visual podrán abordar las unidades acompañadas de sus perros guía sin que ello sea motivo para rechazar, cancelar o condicionar el servicio.
Además, quienes viajen con perros de asistencia no estarán obligados a colocarles bozal para utilizar el servicio de transporte solicitado mediante aplicaciones digitales.
La protección se extiende también a quienes requieren sillas de ruedas, implementos médicos u ortopédicos, por los cuales las plataformas o sus conductores tampoco podrán exigir cuotas extraordinarias.
El dictamen advierte que se han registrado prácticas como cancelaciones al detectar animales de asistencia, cobros derivados del tiempo requerido para abordar una unidad o exigencias relacionadas con el traslado de sillas de ruedas.
Uno de los casos que dio origen a la propuesta ocurrió el pasado 31 de enero, cuando un conductor de Uber negó el servicio a Ángel Tadeo Ornelas Ponce, persona con discapacidad visual que viajaba acompañado de Tiger, su perro guía.
Hasta ahora, el artículo 35 Sexies sólo obligaba a las plataformas a mantener una política de no discriminación; con la reforma se incorporan expresamente la prohibición de condicionar el servicio, cobrar cuotas extraordinarias por implementos médicos u ortopédicos y exigir bozal a perros de asistencia.




