Por Rogelio Rodríguez Mendoza/Noticentro.mx
El Pleno del Congreso del Estado aprobó, este jueves, reformas al Código Penal que castigarán con penas de cuatro a ocho años de prisión a quienes presten servicios educativos sin contar con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.
Durante sesión extraordinaria, las y los diputados avalaron modificaciones a los artículos 189 Ter y 418 del Código Penal para endurecer las sanciones contra las llamadas “escuelas patito” y otras prácticas irregulares relacionadas con la prestación de servicios educativos.
Además de la pena de prisión, el delito será castigado con una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la UMA, equivalente actualmente a 117 mil 310 y hasta 234 mil 620 pesos. La UMA vigente en 2026 tiene un valor diario de 117.31 pesos.
La reforma establece además que la sanción será aplicable por cada institución educativa que se encuentre operando en esas condiciones, cuando una misma persona sea responsable de dos o más planteles.
También precisa que tener en trámite la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios no eximirá de responsabilidad penal a quien ya se encuentre prestando el servicio educativo.
El Congreso incorporó asimismo una nueva modalidad de fraude para quien expida, entregue u ofrezca títulos profesionales, diplomas o grados académicos sin la autenticación de la autoridad o institución pública competente.
La modificación busca cerrar espacios a instituciones que aparentan operar legalmente y reciben pagos por colegiaturas, derechos de titulación u otros conceptos, pero finalmente entregan documentos académicos carentes de la autenticación correspondiente.
Con el endurecimiento de las penas se pretende proteger a estudiantes y familias del daño económico y profesional que representa cursar estudios en instituciones sin los permisos necesarios o recibir documentación académica sin validez.
El dictamen deriva de iniciativas presentadas por los diputados de Morena Yuriria Iturbe Vázquez e Isidro Jesús Vargas Fernández. Las reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.




