Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
A un mes de su aprobación, la reforma al Código Penal para castigar con hasta cinco años de prisión a quien abandone a una mujer embarazada sigue sin entrar en vigor.
Lo anterior ocurre porque el decreto aprobado por el Pleno del Congreso del Estado el pasado 3 de marzo aún no ha sido publicado en el Periódico Oficial del Estado.
La modificación incorpora el artículo 365 Bis para tipificar el abandono injustificado cuando quien embarazó a una mujer, teniendo conocimiento y recursos, decide desvincularse y dejarla en situación de vulnerabilidad.
La sanción prevista es de uno a cinco años de prisión y multa de entre 150 y 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
El decreto establece además agravantes claras en caso de consecuencias graves. Si del abandono se derivan lesiones o se pone en riesgo la salud de la mujer embarazada, la persona gestante o el producto, la pena podrá incrementarse hasta en un tercio.
En caso de que se produzca la muerte, la sanción se elevará hasta en una mitad adicional.
La reforma también amplía la protección al incorporar el concepto de “persona gestante” y precisa que el delito solo se configurará cuando el responsable cuente con medios económicos para brindar apoyo, lo que busca evitar sanciones desproporcionadas y centrar la acción penal en conductas de abandono deliberado.
Mientras no se publique oficialmente, la disposición no puede aplicarse en Tamaulipas.




