Por Redacción Noticentro.
En Tamaulipas, las disposiciones legales para castigar la privación de la vida, maltrato o crueldad animal, son letra muerta.
Agentes del Ministerio Público y Jueces de Ciudad Victoria, consultados al respecto, coincidieron en, “no acordarse de un solo caso en que alguien haya sido procesado por ese delito”.
Lo anterior ocurre a pesar de que cada día son más frecuentes las historias de mascotas asesinadas o violentadas. Recientemente un grupo de ciudadanos realizó una manifestación frente a la alcaldía capitalina, para exigir a las autoridades fortalecer la protección a los animales.
El hecho llama aún más la atención porque las autoridades no requieren denuncia para iniciar una carpeta de investigación toda vez que pueden actuar de oficio.
El Código Penal del Estado contiene un capitulo completo en el que establece sanciones para quienes atenten contra la vida o maltraten a los animales.
A partir del artículo 467 y hasta el 471, define las conductas sancionables y las penas que merecen.
El numeral 467 señala que : “comete el delito de privación de la vida, lesiones, malos tratos, crueldad o tortura contra cualquier especie animal, quien ejecute una o varias de esas conductas, sin fines deportivos, científicos, o bien sin contar con autorización legal de la autoridad competente, y se le sancionará conforme a lo dispuesto por el artículo 469 del presente Código”.
A su vez, el artículo 469 precisa que: “Quien incurra en conductas que pongan en peligro a un animal de cualquier especie que no constituya plaga ni se encuentre considerada como riesgo para la salud del hombre, que deriven en maltrato, tortura y/o provocándole la muerte, se le impondrá de dos meses a dos años de prisión y de doscientos a quinientos días multa, así como el aseguramiento de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo, los cuales podrán ser puestos bajo los cuidados de las Asociaciones protectoras de animales debidamente registradas que lo soliciten, hasta en tanto se determine su destino legal.
“ En el caso de que se haga uso de métodos que provoquen un grave sufrimiento al animal previo a su muerte, las penas se aumentarán en una mitad”.
Al final del articulado, el ordenamiento punitivo establece que “Los delitos señalados en el presente Capítulo se perseguirán de oficio”.
Pero no solo el Código Penal protege a los animales. Tamaulipas también tiene una ley de la materia. Se trata de la Ley de Protección a los Animales expedida por el Congreso del Estado en 2014.
En ella se establece que toda persona tiene la obligación de proteger a los animales y nadie puede exterminarlos o explotarlos para realizar trabajos más allá de los que por su especie pueden realizar.
En el apartado de sanciones se contemplan multas y arresto hasta por 36 horas para quien atente contra los animales.
Pese a todo ello, hasta el momento no hay nadie que haya sido castigado por atentar contra los animales.



