Por Redacción Noticentro.
Ante la alta incidencia de títulos vencidos, la Comisión Nacional del Agua, (CONAGUA), dará facilidades para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de explotación de aguas nacionales.
La Unión Regional Agrícola del Norte (URAN), distribuyó éste martes, entre los agricultores de Tamaulipas, copia del decreto correspondiente publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 17 de mayo.
Los interesados en obtener una nueva concesión o renovar la que ya tienen, deberán realizar los trámites correspondientes antes del último día de diciembre próximo.
En su artículo primero, el decreto señala que : “Se establecen facilidades administrativas para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de aguas nacionales a los usuarios que cuenten con títulos cuya vigencia hubiera expirado a partir del 1 de enero de 2004”.
Y añade: “las facilidades administrativas previstas en el presente instrumento son aplicables también a los concesionarios o asignatarios que cuenten con títulos vigentes, pero que no solicitaron su prórroga dentro del plazo que establece la Ley de Aguas Nacionales, siempre que la soliciten durante la vigencia de este Decreto”.
En la exposición de motivos, se señala que existe alta incidencia de títulos vencidos o cuya prorroga no fue solicitada dentro del plazo que establece la ley de Aguas Nacionales, lo cual podría impedir el desarrollo de las actividades relacionadas con los usos del agua, principalmente la prestación de los servicios públicos de agua potable, la producción de alimentos, la ganadería, la producción industrial y el turismo, además de ocasionar conflictos sociales que incidan en la administración del recurso hídrico.
Y aclara: “que a efecto de que un mayor número de usuarios esté en posibilidad de obtener nuevamente las concesiones o asignaciones de aguas nacionales vencidas a partir del 1 de enero de 2004, es necesario que el Ejecutivo Federal a mi cargo determine las acciones necesarias para la regularización de los usuarios de aguas nacionales, considerando que en estos casos no resultan aplicables las restricciones al uso de las aguas nacionales, tales como vedas, reservas o zonas reglamentadas, pues los volúmenes concesionados o asignados no fueron objeto de dichas restricciones…”.




