Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
Para que un partido político en Tamaulipas tenga derecho a obtener una diputación plurinominal deberá obtener al menos el tres por ciento de los votos emitidos en una elección local, decidió éste miércoles el Pleno del Congreso del Estado.
El máximo órgano legislativo en el estado aprobó para ese efecto reformas a la fracción II del artículo 27 de la Constitución local y las fracciones I y II del artículo 190 de la Ley Electoral.
Con ello, los diputados dieron cumplimiento a la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la que declaró inválidas diversas disposiciones de la Reforma Político Electoral de Tamaulipas aprobada el 12 de junio pasado.
Al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por el PAN, los Ministros declararon inválido el porcentaje del 1.5 por ciento de votos requerido como mínimo para la asignación de una diputación plurinominal al considerar incongruente esa exigencia cuando el porcentaje de votos exigido a un partido para que mantenga su registro es del tres por ciento.
En su sesión ordinaria , el Pleno legislativo aprobó por mayoría de votos una iniciativa que fue debatida con dispensa de turno a Comisiones.
Los diputados del PRD, Jorge Osvaldo Valdez Vargas , y del PT, Arcenio Ortega Lozano, votaron en contra de la iniciativa.
Al aprobar los Diputados locales estas Iniciativas, se reformó la fracción ll del artículo 27 de la Constitución Política del Estado, estableciendo que a los Partidos Políticos que hayan obtenido por lo menos el 3.0 por ciento del total de la votación válida emitida, se les asignará un Diputado y tendrán derecho a participar en la asignación restante de Diputados por el principio de representación proporcional.




