Por José de Jesús Velázquez.
El Código Municipal de Tamaulipas será reformado para establecer en su texto que, la enajenación de bienes muebles pertenecientes al municipio deberá hacerse en subasta pública sin que se requiera la autorización del Congreso del Estado.
La acción legislativa es impulsada por la bancada del PRI, quien aclara que tal disposición ya existe en la Constitución Política del Estado, pero es necesario llevarla también al ordenamiento secundario.
En la exposición de motivos de la iniciativa priista, se detalla que el 24 de febrero del 2009 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, un decreto de reforma al artículo 58, fracción IX de la Constitución local, “con el objeto de suprimir la atribución que tenía el Congreso del Estado para autorizar la enajenación de bienes muebles del patrimonio de los Gobiernos Municipales”.
La responsabilidad quedó directamente en los Ayuntamientos mientras que el Congreso del Estado solo se encargaría de fiscalizar y vigilar su manejo, mediante la revisión anual de sus cuentas públicas.
Sin embargo, a pesar de que la reforma Constitucional tiene vigencia desde hace más de seis años, nunca fue armonizado el Código Municipal que sigue previendo que la enajenación de bienes municipales deberá hacerse previa autorización del Congreso del Estado.
“Eso hace evidente la necesidad de suprimir tal atribución de autorización que se le otorga al Poder Legislativo local en dicho precepto, toda vez que constitucionalmente ya no la ejerce en virtud de las consideraciones expuestas con antelación” señala el documento.
Los diputados del PRI reiteran que su iniciativa contiene una necesaria reforma de homologación legislativa, que pretende dotar de plena certeza jurídica a la disposición de referencia.




