Por Rogelio Rodríguez Mendoza/Noticentro.mx
Con cinco votos a favor y las abstenciones de Movimiento Ciudadano y del PRI, la Diputación Permanente del Congreso del Estado aprobó la minuta proyecto de decreto de reforma constitucional, enviada por el Senado que reforma la Constitución federal en materia de nacionalidad única para quienes aspiren a encabezar los poderes ejecutivos federal y locales.
Sin embargo, el dictámen todavía deberá recibir el aval del Pleno del Congreso de Tamaulipas durante la sesión pública extraordinaria programada para este miércoles, como parte del procedimiento para que la entidad emita formalmente su voto sobre la reforma constitucional.
Para que una reforma constitucional adquiera firmeza requiere del aval de la mitad más uno de las legislaturas estatales.
La minuta fue analizada este martes con dispensa del trámite ordinario a comisiones.
La reforma modifica y adiciona los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y alcanza específicamente a quienes aspiren a la Presidencia de la República, las gubernaturas de los estados y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
En el caso de la Presidencia, se establece que la persona candidata deberá ser mexicana por nacimiento, estar en pleno goce de sus derechos, no tener ni adquirir otra nacionalidad y, si cuenta con ella, renunciar antes de solicitar su registro como candidata.
Para las gubernaturas se establece el mismo requisito: únicamente podrá ocupar el cargo una persona mexicana por nacimiento que no tenga ni adquiera otra nacionalidad, por lo que quien posea una adicional deberá renunciar a ella antes de registrarse como candidato.
La disposición se extiende también a quien aspire a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, cargo para el cual igualmente se exigirá nacionalidad mexicana por nacimiento y la renuncia previa a cualquier otra nacionalidad.
Una vez en funciones, el Presidente de la República, los gobernadores y el jefe o jefa de Gobierno de la Ciudad de México tampoco podrán adquirir o solicitar otra nacionalidad, utilizar pasaporte o documento de identidad extranjero, ejercer derechos políticos de otra ciudadanía o acogerse a la protección diplomática de otro país.
La reforma comenzará a aplicarse a partir del proceso electoral de 2028 y contempla un plazo de 90 días naturales para que el Congreso de la Unión adecue la Ley de Nacionalidad y la legislación electoral, mientras que las entidades federativas deberán armonizar sus constituciones y leyes electorales en el mismo periodo.
Las nuevas disposiciones no tendrán efectos sobre quienes ya se encuentren ejerciendo la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno cuando la reforma entre en vigor, por lo que el requisito de nacionalidad única operará para los procesos posteriores señalados en el régimen transitorio.




