Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
A propuesta de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN), la Constitución local será reformada nuevamente para permitir la reelección del Fiscal General de Justicia del Estado y hacer más riguroso el procedimiento para su remoción.
Para ese propósito, la Diputación Permanente recibió , este jueves una iniciativa de decreto que reforma al artículo 125 de la Carta Magna del Estado, misma que deberá ser analizada y dictaminada la semana próxima, para en una sesión extraordinaria sea puesta a consideración de la asamblea parlamentaria.
Con ello, será eliminado el impedimento constitucional para que Irving Barrios Mojica, pueda buscar la reelección como titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado una vez que concluya el periodo de 7 años para el que fue electo.
El argumento con el que los diputados panistas sustentan la reforma es que, con ello el funcionario estará en condiciones de darle continuidad a su proyecto de consolidación institucional.
Otro candado constitucional a favor del Fiscal se establecerá a través de la modificación del mecanismo para removerlo.
Actualmente, la ley suprema del estado señala que para removerlo se requiere del voto de la mayoría de los diputados presentes en el Pleno Legislativo, y con la reforma exigirá el voto de las dos terceras partes de los diputados.
El mismo procedimiento de remoción que se establecerá para Barrios Mojica se aplicará a todos los fiscales especializados de la instancia responsable de la persecución e investigación de los delitos.
La bancada del PAN señala que con ello se evitará que una decisión política fundamental del Congreso, pueda ser desandada unilateralmente por el Poder Ejecutivo o una mayoría simple del Congreso.
De esa manera, la fracción IV del artículo 125 Constitucional referirá que : “El Fiscal General podrá ser removido por el titular del Ejecutivo únicamente por las causas graves que establezca la ley. La remoción deberá ser aprobada dentro del plazo de diez días por el voto de al menos dos terceras partes de los miembros del Congreso del Estado. En caso de negativa o vencido el plazo, el Fiscal General permanecerá en el cargo y no podrá ser removido por los mismos hechos que originaron el procedimiento”.




