Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
Los antecedentes penales no deben ser motivo de exclusión o discriminación en el ámbito laboral de quienes han cometido un delito ni de sus familiares, advirtió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (CNDH).
El organismo defensor de la dignidad de las personas, señaló lo anterior al emitir el Pronunciamiento sobre Antecedentes Penales, en el que exhorta a los gobiernos y a la sociedad en general a actuar con urgencia para garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales de aquellos que han egresado de la prisión con el fin de alcanzar una reinserción social efectiva como lo mandata la Constitución.
En el documento, la CNDH establece que al obtener la libertad se inicia un difícil proceso, que lleva en muchos casos a la discriminación y exclusión, lo que implica señalamientos por esta condición, situación que de manera trascendental afecta, no solo a la persona liberada sino también a su familia.
“Esta situación se presenta también al requerir antecedentes penales relacionados a familiares directos o indirectos y no sólo los propios, al momento de acceder a algún derecho, como suele suceder al solicitar el ingreso a un trabajo” refiere.
El ombudsman advirtió que la pena de prisión no debe de afectar de ningún modo a familiares de quien se le haya impuesto la sanción e incluso al mismo sancionado cuando ya haya saldado esa deuda con la sociedad.
“Si bien es cierto que los antecedentes forman parte del pasado de la persona, estos se encuentran dentro de su vida privada y el requerimiento de estos y su difusión la discrimina ante la posibilidad de una segunda oportunidad” establece.
En su pronunciamiento, la CNDH hace referencia a diversos criterios de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN), sobre antecedentes penales, en los que señala que “si una persona comete un ilícito no podría quedar marcado con el estigma de ser infractor el resto de su vida , porque aquello obstaculizaría su reinserción social”.
Y añade: “ante ello, la CNDH considera que debe fortalecerse el derecho a la reinserción social efectiva como un derecho exigible que permita que las personas que han obtenido su libertad no sean estigmatizadas y cyenten con otra oportunidad de vida dentro de la comunidad”.
El pronunciamiento incluye la exigencia de desindexar de los motores de búsqueda públicos, los datos de antecedentes penales de las personas, limitando el acceso a los mismos solo para fines estadísticos , de prevención e investigación del delito, pero sin que puedan asociarse los datos personales o familiares con la persona de manera específica.