Por Redacción Noticentro.
Las aproximadamente 610 guarderías que operan en Tamaulipas serán objeto de revisión para verificar que cumplen con los requisitos de ley y comprobar que garantizan la seguridad de los infantes, informó Medardo Sánchez Albarrán.
El Coordinador estatal de Protección Civil en el estado, dijo que actualmente son revisadas alrededor de 200 estancias pero la intención es de que todas sean verificadas por los inspectores de la dependencia.
Se trata de guarderías que pertenecen a la SEDESOL, UAT, IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEP y Gobierno del Estado.
El funcionario recordó que la vigilancia sobre las guarderías se fortaleció desde hace tres años.
“Es un trabajo que hemos venido haciendo desde hace tres años. Cada año las sometemos a revisión. Esta vez iniciamos en Ciudad Victoria y la próxima semana continuaremos en Tampico, Madero y Altamira” indicó.
Entre algunos aspectos que se verifican destaca la comprobación de que los extintores estén debidamente recargados y que las instalaciones de gas no registren deterioro.
Son las guarderías de nueva creación las que normalmente presentan más irregularidades porque las que ya llevan años funcionando han sido objeto de anteriores revisiones y por lo general operan en orden.
“En estos momentos tenemos una guardería que puede ser susceptible de clausura por una serie de detalles irregulares que se le encontraron durante la inspección” refirió sin citar el nombre.
En los procedimientos de revisión también participan las áreas de Protección Civil de los municipios.
Cabe señalar que desde el 25 de noviembre del 2014, Tamaulipas tiene una Ley de Centros de Atención Infantil.
En su primer artículo, el ordenamiento normativo señala que su objeto es “regular las bases, condiciones y procedimientos para la creación y funcionamiento de los Centros de Atención Infantil, procurando la seguridad, la salud, la protección integral y desarrollo de las niñas y niños”.
La ley prevé multas que van de los 100 a 1000 salarios mínimos; suspensión temporal y revocación de la licencia para operar del establecimiento.
El numeral 72 define las causas de suspensión temporal de una guardería. Entre ellas destaca el incumplimiento de los estándares mínimos de calidad y seguridad del inmueble y no contar con el personal competente o suficiente para brindar los servicios de cuidado y desarrollo integral infantil.
El artículo 75 detalla que son causas de revocación de la licencia y cancelación del registro las siguientes:
1.- La pérdida de la vida o la existencia de lesiones graves en una niña o niño, acreditadas mediante sentencia ejecutoria que haya causado estado, y sean atribuibles al incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley;
II. La comisión de cualquier delito sexual acreditado, por parte de los propietarios, representantes o del personal del Centro de Atención, mediante sentencia ejecutoria que haya causado estado;
III. La no regularización de la situación que dio origen a la imposición de una suspensión temporal, de tal forma que las causas que originaron la misma sigan vigentes; y
IV. Cuando se acredite que el prestador de servicios hubiere presentado documentos apócrifos para obtener la licencia para prestar el servicio o cuando lo acreditado en un documento, aun cuando sea original, no corresponda con la realidad.




