Por Redacción Noticentro.
El presidente del Poder Judicial del Estado, Hernán de la Garza Tamez, justificó el hecho de que los Magistrados no estén obligados a someterse a procesos de evaluación y control de confianza por parte del Centro de Control de Confianza (C-3), como ocurre con los Jueces y el resto del personal.
El Magistrado argumentó que “la idoneidad en el cargo está definida en la Constitución . Finamente esa es la decisión que en su momento se tomó. Los requisitos Constitucionales que tienen los Magistrados así están previstos y se cumple con ellos”.
Además, dijo, los Magistrados también deben someterse a otro filtro que se da cuando acuden a la Comisión de Justicia y ante el Pleno del Congreso del Estado, para determinar su idoneidad en el cargo y aprobar su designación o ratificación.
Por un acuerdo del Consejo de la Judicatura, los Jueces y el resto del personal del Poder Judicial, deben someterse periódicamente a exámenes de evaluación y control de confianza, que incluyen pruebas toxicológicas, psicológicas , de polígrafo, una investigación de entorno social y un test de conocimientos. igual que se hace con los miembros de las corporaciones de policía.
Para los Jueces, la aprobación de la batería de exámenes es definitiva para obtener la ratificación.
Los únicos que están exentos del procedimiento son los Magistrados en una decisión que ha sido cuestionada hacia el interior del propio Poder Judicial del Estado.
En ese mismo sentido , De la Garza Tamez informó que el proceso de evaluación de los Jueces por parte del C-3 es un factor que se toma en cuenta al momento de su ratificación.
En 2015 dos jueces de 17 evaluados no fueron ratificados. Este año alrededor de ocho deberán someterse a ratificación pero en el 2017 serán un total de 22 los que habrán de sujetarse al procedimiento.



