Por Redacción Noticentro.
En la agenda legislativa para el actual periodo ordinario de sesiones deberá ser prioridad la aprobación del dictamen que reforma el Código Penal del Estado para tipificar como delito el maltrato animal con una pena de hasta tres años de prisión, informó Patricio Edgar King López.
El diputado del Partido Verde Ecologista de México, (PVEM), y autor de la iniciativa de decreto presentada el 13 de noviembre pasado y dictaminada favorablemente doce días después, dijo que el maltrato animal se ha vuelto una práctica recurrente por lo cual es necesario generar los mecanismos legales para frenar esa conducta.
“Lamentablemente hasta que hay sanción o penalización es cuando la gente pone atención y deja de repetir ese tipo de conductas que atentan contra los animales” detalló.
A la fecha suman 15 estados del país los que ya consideran un delito el maltrato animal.
“La iniciativa ya está aprobada en Comisiones por lo que solamente falta llevarla al Pleno para votarla. Es algo que deberá ser prioritario en la agenda legislativa de éste periodo de sesiones que estamos iniciando” detalló.
Con la reforma se añadirá el capítulo V denominado “Privación de la Vida, Maltrato o Crueldad Animal”, al título Vigésimo Tercero del libro segundo del Código Penal de Tamaulipas.
Las sanciones vendrán señaladas en el artículo 469 que a la letra refiere: “Quien incurra en conductas que pongan en peligro a un animal de cualquier especie no humana que no constituya plaga ni se encuentre considerada como riesgo para la salud del hombre, que deriven en maltrato, tortura y/o provocándole la muerte, se le impondrá de dos meses a dos años de prisión y de doscientos a quinientos días multa, así como el aseguramiento de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo, los cuales podrán ser puestos bajo los cuidados de las Asociaciones protectoras de animales debidamente registradas que lo soliciten, hasta en tanto se determine su destino legal.
“En el caso de que se haga uso de métodos que provoquen un grave sufrimiento al animal previo a su muerte, las penas se aumentarán en una mitad. Se entenderá por métodos que provoquen una muerte no inmediata las que prolonguen la agonía del animal, ya sea por las lesiones que provoca o el detrimento de la salud del animal”.
A su vez, el numeral 468 define las conductas que serán consideradas como maltrato, crueldad o tortura animal, que se suman a las
establecidas en la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Tamaulipas.
Por ejemplo, entran dentro del catálogo la mutilación de cualquier parte del animal; Intervenir quirúrgicamente a animales sin anestesia, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada; experimentar con animales pudiendo utilizar otros métodos para obtener el resultado deseado o se utilicen animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza del protocolo de investigación.
También será castigado con cárcel el exponer al animal a riesgos que amenacen su integridad física o la de terceras personas; Lastimar o arrollar animales intencional mente, causándoles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por el ánimo de perversidad o diversión.
La realización de actos privados de riñas de animales y cualquier acción o espectáculo en que se mate, hiera u hostilice a los animales, serán considerados delito salvo el caso de espectáculos debidamente autorizados y que utilicen animales permitidos de conformidad a las leyes generales y locales.
Además queda prohibido provocar la muerte por cualquier medio a un animal, sin respetar las disposiciones normativas aplicables en los casos de rastros y lugares destinados al sacrificio de animales por cuestiones alimentarias, sanitarias o de otro tipo que se encuentre debidamente regulada.
Hace diez días al menos diez perros aparecieron sin vida en un predio de la colonia Américo Villarreal Guerra, y las autoridades presumen que fueron envenenados intencionalmente.




