Por Redacción Noticentro.
El Congreso del Estado recibió una iniciativa de nueva Ley de Extinción de Dominio para Tamaulipas, que operara para los delitos de narcomenudeo, trata de personas, secuestro y robo de vehículos.
Durante la sesión ordinaria de éste jueves, el Pleno Legislativo dio entrada a la propuesta del Ejecutivo local, la cual fue enviada a Comisiones para su análisis y dictamen.
Una Ley de Extinción de Dominio tiene por objeto regular la identificación, localización, recuperación, repatriación de los bienes y la extinción de los derechos relativos al dominio de los mismos así como las ganancias, frutos, productos, rendimientos o permutas de origen o procedencia ilícita o delictiva a favor del Estado, y contiene su respectivo procedimiento.
La iniciativa de ley llega en momentos en que el actual ordenamiento de la materia, con vigencia desde el cuatro de julio del 2012, no ha sido utilizado una sola ocasión.
En la exposición de motivos, el Ejecutivo Local detalla que la intención de expedir una nueva Ley de Extinción de Dominio para Tamaulipas es de lograr una mayor efectividad de las leyes que regirán al nuevo sistema de justicia penal acusatorio y oral, que deberá estar operando en todo el país a partir del 18 de junio próximo.
“Lo que se busca es armonizar la legislación local con el nuevo Código de Procedimientos Penales” refiere el documento.
La ley contara con 68 artículos agrupados en cuatro títulos. En el título primero se establecen las disposiciones generales; en el segundo se define la competencia y procedimiento de extinción de dominio; en el tercero figuran los medios de impugnación y en el cuarto se define la cooperación internacional.
La ley tiene como objeto principal regular la extinción de dominio de bienes en favor del Estado.
La extinción de dominio es la pérdida de derechos sobre los bienes mencionados en la ley sin contraprestación o compensación alguna para su dueño ni para quien se comporte o se ostente como tal. Los bienes que sean objeto de extinción de dominio serán destinados al bienestar social, la seguridad pública y la procuración de justicia.
El ejercicio de la acción de extinción de dominio será competencia del Ministerio Público. La figura procede para los delitos de narcomenudeo, trata de personas, secuestro y robo de vehículo. Procede la acción contra cualquier bien que haya sido utilizado en la comisión de alguno de esos delitos o haya sido adquiridos como resultado de esas conductas.




