Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
Durante el periodo comprendido de julio a septiembre pasado, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), inició 364 averiguaciones previas penales en contra de padres incumplidos que incurrieron en abandono de obligaciones alimenticias para con su familia.
De acuerdo con datos estadísticos de la dependencia encargada de la persecución de los delitos, durante julio fueron 124 denuncias las recibidas por las agencias del Ministerio Público; en agosto sumaron 128 y en septiembre la cifra fue de 99.
Agentes del Ministerio Público consultados al respecto señalaron que las causas del abandono de obligaciones alimenticias es multifactorial pero una de ellas es la incapacidad del padre para sostener a los hijos, por lo general debido a que tienen otra familia.
“La mayoría de los acusados vienen y alegan que , o no cuentan con empleo o lo que ganan en el que tienen es muy poco y no les alcanza. Pero la verdad es que casi siempre los hombres tienen dos familias y su capacidad económica no les alcanza para sostenerlas a las dos” mencionó uno de los fiscales.
Curiosamente, dijo, en solo es una mínima parte de averiguaciones penales las que terminan con una sentencia porque la víctima decide otorgar el perdón en algún momento del proceso.
“Generalmente lo que sucede es que el acusado busca una negociación con la denunciante, y como existe entre ambos el vínculo de los hijos, la mujer termina por otorgar el perdón” detallo.
Nuevo Laredo con 48 casos, Tampico con 47 y Matamoros con 40, son las tres ciudades del estado con más incidencia de abandono de obligaciones alimenticias.
El artículo 295 del Código Penal del Estado señala que “comete el delito de abandono de obligaciones alimenticias el que sin motivo justificado deje de proporcionar a su cónyuge, concubina o concubinario, o a sus hijos, los medios económicos o recursos necesarios para atender las necesidades de subsistencia”.
La sanción para quienes incurren en esa conducta viene establecida en el numeral 296: “al responsable del delito de abandono de obligaciones alimenticias se le impondrá una sanción de seis meses a tres años de prisión, privación de derechos relativos a la familia y entrega de las cantidades que no fueron oportunamente suministradas a la familia”.




