Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
El Código Penal de Tamaulipas será reformado para penalizar la discriminación e incorporar como tipos penales diversas conductas que atentan contra los derechos reproductivos de la mujer, como la esterilización provocada y la inseminación sin autorización.
La iniciativa, promovida por las bancadas del PRI, PANAL y PVEM, que ya fue aprobada en Comisiones y solo requiere el aval del Pleno Legislativo, adiciona el titulo Quinto Bis denominado “Delitos contra la Dignidad de las Personas”, conteniendo un capítulo único relativo a “Discriminación”.
Bajo esa acción legislativa, el artículo 309 Bis del citado ordenamiento jurídico, establecerá penas de uno a tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad y multa de 50 a 200 días de salario, a quien incurra en discriminación por razón de origen étnico, la edad, las discapacidades, la condiciones social, embarazo, religión, preferencias sexuales, estado civil, o cualquier otra causa atente contra la dignidad humana.
Cuando el responsable sea un servidor público la pena a imponérsele se le aumentara en una mitad y se le inhabilitara para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta.
La reforma contempla también sanciones de uno a tres años de prisión al que sin consentimiento de una mujer o aun con su consentimiento si ésta fuere menor o incapaz, realice en ella inseminación artificial.
Si a causa de esa inseminación la mujer resulta embarazada la pena de prisión para el responsable será de dos a ocho años, pero sí la inseminación se realiza con violencia se le impondrá de cinco a 14 años de prisión.
A su vez, el artículo 328 Quater establecerá penas de cuatro a siete años de prisión a quien implante a una mujer un óvulo fecundado cuando hubiera utilizado para ello un óvulo ajeno o esperma de donante no autorizado, sin el consentimiento expreso de la paciente, del donante o con el consentimiento de una menor de edad o de una incapaz para comprender el significado del hecho o para resistirlo.
Si el delito se realiza con violencia o de ella resulta un embarazo, la pena aplicable será de cinco a catorce años.
Incluso, si resultan hijos a consecuencia de la conducta citada, además de la sanción penal el responsable estará obligado al pago de alimentos para estos y la madre.
Los legisladores incorporarán también el delito de esterilidad provocada, que lo cometerá aquel que sin el consentimiento de una persona, practique en ella procedimientos quirúrgicos con el propósito de provocar esterilidad.
Este delito será sancionado con una pena de cuatro a siete años de prisión y multa de 40 a 120 días de salario mínimo, más la reparación del daño.
En la exposición de motivos, los legisladores refieren que en México son considerables los índices de actos de discriminación o racismo, y una de las principales causas es la falta de cultura a la denuncia, además de que los ordenamientos jurídicos con los que cuenta nuestro Estado no contemplan penas, sanciones o multas por realizar algún acto discriminatorio.
“La legislación simplemente se constriñe a la observancia de ciertas medidas administrativas o recomendaciones que, en la mayoría de los casos, no tienen ninguna trascendencia jurídica” señalan.
“Debido a ello la intención con ésta acción legislativa es que exista una consecuencia penal para dichos sucesos, porque los actos de discriminación en contra de las personas deben de ir más allá de una simple recomendación. Por ello es que el objeto de la iniciativa es implementar como un delito las conductas de discriminación, teniendo como bien jurídico tutelado la dignidad de las personas” añaden.
Actualmente suman 19 las entidades del país que ya castigan penalmente la discriminación, que genera en la persona depresión, aislamiento, afectaciones mentales y de comportamiento, que en ocasiones lleva a las víctimas a convertirse en fuentes agresoras.
Destacan que la acción legislativa va enfocada a salvaguardar y proteger a las mujeres, y de manera particular a aquellas que se encuentran embarazadas, ya que existen casos de futuras madres que por el hecho de encontrarse en estado de gravidez son objeto de despidos laborales o limitaciones en la prestación de servicios médicos.