Por José de Jesús Velázquez.
El Congreso del Estado recibió del Senado de la República, la minuta proyecto de decreto de la reforma Constitucional que fija límites al endeudamiento de la federación, estados y municipios.
El Pleno Legislativo dio entrada al documento y la envió a Comisiones para su análisis y dictamen.
Para que la reforma Constitucional en materia de disciplina financiera quede firme, se requiere que sea respaldada por la mitad más uno de las legislaturas estatales, y se prevé que Tamaulipas dé su aval la semana próxima.
Una vez que la reforma Constitucional entre en vigor , cada estado deberá adecuar su propia Carta Magna y su legislación secundaria en la materia.
Entre las disposiciones más importantes de la Reforma Constitucional, figura la que establece que los empréstitos que gestionen la federación , Estados y municipios solo serán destinados para obra pública y no para gasto corriente.
Además, el endeudamiento de los estados deberá ser aprobada por mayoría calificada de las legislaturas.
“Los Estados y los Municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos sino cuando se destinen a inversiones públicas productivas y a su refinanciamiento o reestructura, mismas que deberán realizarse bajo las mejores condiciones del mercado, inclusive los que contraigan organismos descentralizados, empresasv públicas y fideicomisos y, en el caso de los Estados, adicionalmente para otorgar garantías respecto al endeudamiento de los Municipios. En ningún caso podrán destinar empréstitos para cubrir gasto corriente” detalla el documento.
Y añade: “Las legislaturas locales, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, deberán autorizar los montos máximos para, en las mejores condiciones del mercado, contratar dichos empréstitos y obligaciones, previo análisis de su destino, capacidad de pago y, en su caso, el otorgamiento de garantía o el establecimiento de la fuente de pago”.
Los Ayuntamientos deberán liquidar sus deudas a más tardar tres meses antes del término del periodo de gobierno correspondiente, y no podrán contratar nuevas obligaciones durante esos últimos tres meses.
En su artículo sexto transitorio, la reforma señala que “las Entidades Federativas y los Municipios enviarán al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión un informe sobre todos los empréstitos y obligaciones de pago vigentes a la entrada en vigor del presente Decreto, en un plazo máximo de 60 días naturales, conforme a los lineamientos que aquél emita”.
Por su parte, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, Ramiro Ramos Salinas, califico de muy buena la reforma Constitucional que limita y pone orden en el endeudamiento público.
“Es una reforma muy relacionada con la transparencia y la corrupción. Hay que meterle orden a las haciendas públicas. Es importante , por ejemplo, que los créditos se autoricen con la aprobación de dos tercios de los diputados presentes, y que se paguen tres meses antes de que los alcaldes se vayan” señaló.



