Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
El Congreso del Estado aprobó las declaratorias de entrada en vigor, en 15 municipios tamaulipecos, del nuevo sistema de justicia penal acusatorio y del Código Nacional de Procedimientos Penales, con un catálogo de 36 delitos.
Ambas declaratorias tendrán efecto a partir del seis de abril próximo en los distritos judiciales noveno , décimo primero, décimo segundo y décimo cuarto con cabeceras en Tula, Padilla, Soto la Marina y Valle Hermoso.
El Distrito de Tula comprende también los municipios de Bustamante, Jaumave, Miquihuana y Palmillas; el de Padilla involucra a San Carlos, San Nicolás, Jiménez, Mainero , Villagrán e Hidalgo, mientras que el de Soto la Marina solo se integra con el de Abasolo.
Valle Hermoso integra por si sólo el décimo cuarto distrito judicial.
Con la acción legislativa, sumarán cinco los distritos judiciales donde estará operando el sistema de justicia penal acusatorio, porque desde el uno de julio del 2013, el nuevo modelo de enjuiciamiento penal fue implementado en el primer distrito judicial con cabecera en Ciudad Victoria que abarca además a Guémez y Casas.
Aunque en Ciudad Victoria, inicialmente el sistema solo tenía competencia en los delitos culposos de daño en propiedad, lesiones y homicidio, desde el año pasado se le sumaron los de abandono de obligaciones alimenticias y violencia familiar.
No obstante, con la iniciativa aprobada éste miércoles por los diputados, serán 36 los delitos que atenderá el sistema acusatorio en los cinco distritos judiciales.
El catálogo de delitos lo integran los delitos de : rebelión; sedición; conspiración; evasión de presos; quebrantamiento de sanción; violación de correspondencia; desobediencia; resistencia y coacción de particulares, oposición a que se ejecute alguna obra o trabajo público; y delitos cometidos contra servidores públicos.
También los de corrupción de menores e incapaces; provocación a un delito y apología de éste o de algún vicio; responsabilidad médica técnica y administrativa; delitos de abogados patronos y litigantes; variación del nombre o del domicilio; estupro, hostigamiento y acoso sexual; bigamia; exposición de menores y abandono de obligaciones alimenticias.
Se añaden los de amenazas; delitos con motivo de tránsito de vehículos; lesiones; aborto; abandono de personas; violencia familiar; golpes y violencias físicas simples; robo simple; tentativa de robo indeterminado; robo; abuso de confianza; fraude; extorsión; daño en propiedad; daño en propiedad, lesiones y homicidio, todos de carácter culposo.
Cabe señalar que la reforma Constitucional publicada el 18 de junio del 2008 en el Diario Oficial de la Federación , relativa a la Seguridad y Justicia Penal, señala en su artículo segundo transitorio, impone un plazo de ocho años a las entidades federativas para implementar el sistema procesal acusatorio en todo el territorio nacional y para todos los delitos.
Dicho plazo vence el 18 de junio del 2016.