Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma que busca frenar los abusos de las autoridades de Tránsito al prohibir el cobro de grúa y depósito vehicular cuando el arrastre de un automóvil resulte injustificado.
La reforma adiciona a la Ley de Tránsito el artículo 14 Quinquies, que establece por primera vez una regla expresa para evitar abusos y afectaciones patrimoniales derivados de remolques ordenados sin que exista infracción o delito.
El nuevo artículo señala que la persona propietaria del vehículo quedará exenta del pago cuando la autoridad competente concluya que el arrastre no tuvo fundamento legal, o bien tendrá derecho a la devolución de lo pagado por concepto de grúa y pensión vehicular.
De igual forma, fija un criterio de justicia administrativa orientado a cerrar vacíos normativos que permitían prácticas discrecionales en las áreas de tránsito, las cuales obligaban a los ciudadanos a cubrir tarifas aun cuando no habían cometido falta alguna.
El dictamen subraya que la medida fortalecerá el derecho constitucional a la movilidad, al evitar que decisiones erróneas o arbitrarias interrumpan actividades laborales, familiares o esenciales, y además impongan cargas económicas injustificadas.
Durante el análisis, se destacó que otras entidades del país, como Sinaloa y Guanajuato, ya cuentan con disposiciones similares que han demostrado eficacia para inhibir abusos y garantizar seguridad jurídica a los automovilistas.
De esa manera, la reforma obliga a las autoridades viales a actuar con mayor responsabilidad y proporcionalidad, al tiempo que contribuye a fortalecer la legalidad y la confianza ciudadana en los procedimientos administrativos.
El decreto aprobado armoniza la legislación estatal con principios de legalidad, proporcionalidad y responsabilidad institucional, consolidando un mecanismo claro para resarcir daños cuando un vehículo es remolcado sin motivo válido.




