Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
Legisladores de Morena presentaron una iniciativa de decreto para adicionar al Código Penal de Tamaulipas el delito de rapiña, con penas de uno a cinco años de prisión y multas de hasta 200 UMAs.
La propuesta fue presentada por la diputada, Eva Araceli Reyes González, quien planteó la creación de un artículo 413 Bis, además de derogar la fracción VIII del artículo 407, que actualmente sanciona el robo a víctimas de catástrofes.
En su exposición de motivos, la legisladora explicó que la rapiña debe distinguirse claramente del robo, pues ocurre en contextos de emergencia o caos social, como inundaciones, incendios, accidentes masivos o contingencias sanitarias.
Precisó que mientras el robo puede cometerse en cualquier circunstancia, la rapiña aprovecha la falta de vigilancia y la vulnerabilidad institucional, lo que la convierte en un fenómeno con características específicas y especialmente reprochables.
La iniciativa establece que este delito será perseguido por querella, salvo cuando los bienes afectados pertenezcan a instituciones públicas, educativas, de salud, auxilio o seguridad, o bien en casos de reincidencia, donde se procederá de oficio.
En cuanto a las sanciones, además de la pena base de uno a cinco años de prisión, se prevé un incremento hasta en la mitad cuando la rapiña se realice con violencia, en grupo o mediante convocatorias difundidas en redes sociales.
La propuesta también contempla una penalidad diferenciada para quienes organicen, convoquen o promuevan actos de rapiña a través de plataformas digitales o mensajes masivos, con penas de seis meses a dos años de prisión.
Reyes González señaló que en Tamaulipas ya se han registrado episodios donde, en medio de la tragedia, algunas personas aprovechan el dolor ajeno para apropiarse de bienes, incluso desplazando cuerpos de víctimas fatales para saquear pertenencias.
Advirtió que la rapiña no suele responder a necesidades básicas de supervivencia, sino a la búsqueda de artículos de valor comercial como electrodomésticos, equipos electrónicos, motocicletas o joyas, lo que agrava la falta de justificación moral y jurídica.
Con la incorporación del nuevo tipo penal, la fracción vigente del artículo 407 quedaría derogada, pero los procesos ya iniciados seguirán su curso conforme a la ley anterior, a fin de no generar vacíos legales.
La diputada morenista sostuvo que este marco normativo dará mayores herramientas a las autoridades para sancionar de manera eficaz un delito que vulnera no solo el patrimonio, sino también la dignidad y la paz social en contextos de desastre.
Finalmente, destacó que tipificar la rapiña como delito autónomo responde a un compromiso ético y humanitario: “quien ya lo ha perdido todo en una catástrofe merece la protección plena del Estado frente a la insensibilidad y el abuso de otros”.