Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
Tamaulipas dio un paso firme contra la discriminación al aprobar reformas al Código Penal que sancionan las llamadas terapias de conversión, al considerarlas un delito que atenta contra la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas.
Con esta reforma, se impone una pena de dos a seis años de prisión y multas de hasta dos mil veces el valor diario de la UMA a quien imparta, financie, obligue o realice cualquier tratamiento, servicio o práctica que busque obstaculizar, restringir o suprimir la orientación o identidad de género de otra persona.
La reforma adiciona un nuevo Capítulo IV Ter al Título Duodécimo del Código Penal, bajo el nombre “Delitos contra la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas”. La figura penal se construye con base en el artículo 209 Quintus del Código Penal Federal.
Se define como terapia de conversión toda práctica consistente en sesiones psicológicas, psiquiátricas, tratamientos o métodos que pretendan modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género mediante violencia física, moral o psicoemocional, y que impliquen tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Cuando las víctimas sean menores de edad, personas adultas mayores o con discapacidad, las penas aumentarán hasta en una mitad. Y si el delito es cometido por alguien con una relación de poder sobre la víctima —como médicos, docentes o funcionarios públicos—, se agregará la destitución e inhabilitación para ejercer el cargo.
Una cláusula controvertida establece que, si el delito lo cometen padres, madres o tutores de la víctima, el castigo podrá reducirse a una amonestación o apercibimiento, a criterio del juez o jueza. Esta excepción generó debate durante las consultas públicas previas al dictamen.
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El Congreso del Estado escuchó posturas de colectivos LGBTTTIQ+, personas con discapacidad y colegios de psicólogos. Estos últimos advirtieron que las terapias de conversión carecen de fundamento científico y provocan daños psicológicos graves, como depresión, ansiedad, aislamiento y hasta ideación suicida.
Por su parte, representantes de la comunidad LGBTIQ+ denunciaron que muchas de estas prácticas se realizan al interior de las familias, a menudo por motivos religiosos o prejuicios sociales, lo que hace urgente su tipificación como delito.
En contraparte, asociaciones de personas con discapacidad expresaron su preocupación por el riesgo de criminalizar a tutores que, sin conocimiento ni apoyo institucional, buscan lo que creen ser el bienestar de sus familiares. Subrayaron que el Estado ha fallado en implementar el modelo social de atención a la discapacidad.
Pese a las reservas, las comisiones dictaminadoras consideraron que la reforma es procedente y necesaria para garantizar el derecho al libre desarrollo de la personalidad y erradicar prácticas violentas que atentan contra la dignidad humana.
La iniciativa fue promovida por diputadas de Morena y respaldada por todas las bancadas, incluida la del PRI, PVEM, PT y Movimiento Ciudadano. El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.