Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
Por considerar que fueron avaladas con solamente 19 votos y no por 24, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN), invalidó reformas a la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado, relacionadas con el procedimiento para las comparecencias de servidores públicos, y que fueron impulsadas por Morena con dedicatoria al entonces Auditor Superior del Estado, Jorge Espino Ascanio.
Lo anterior, al resolver la acción de inconstitucionalidad 160/2023, promovida por la bancada del PAN.
Durante la sesión plenaria de este lunes, los ministros declararon parcialmente a favor la impugnación de los diputados panistas en contra del decreto 65/581/2023.
De esa manera, por una parte invalidaron las reformas al artículo 130, párrafo uno y tres, incisos b y g, y avalaron las que se aplicaron al artículo 47.
En relación con el artículo 130, la SCJN consideró que se violentó la disposición normativa del mismo Poder Legislativo que exige una votación de las dos terceras partes del Pleno para aprobar reformas a la ley interna del Congreso.
Como dichas reformas solo recibieron el aval de 19 votos y no de 24, el máximo tribunal constitucional las declaró sin validez.
En el caso de las reformas al artículo 47, la SCJN las avaló porque fueron aprobadas por unanimidad de votos.
Dichas reformas, aprobadas en mayo del 2023, fueron impulsadas por la bancada de Morena con la intención de obligar a comparecer al Auditor Superior del Estado, en ese entonces Jorge Espino Ascanio.
El ministro, Juan Luis González Alcantara, quien fue el ponente del proyecto de sentencia, resolvió que, si bien existieron vicios en el procedimiento legislativo de origen, eso solo conlleva a la invalidez de la reforma al artículo 130.
La invalidez de la reformas impugnadas surtirán efecto a partir de que el Congreso del Estado sea notificado.