Por Redacción Noticentro.
El Congreso del Estado demandó a los 43 Ayuntamientos de Tamaulipas, a que le presenten su informe anual de Ejecución del Plan Municipal de Desarrollo antes del 30 de septiembre cuando vence el plazo para cumplir con esa obligación.
Para ello, la Diputación Permanente aprobó por unanimidad de votos una iniciativa de punto de acuerdo que contiene un exhorto a los alcaldes.
El artículo 187 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, establece que el Informe Anual de Ejecución del Plan Municipal de Desarrollo sea rendido por parte de los Ayuntamientos ante este Congreso del Estado en la segunda quincena del mes de septiembre de cada año.
“Toda vez que está próximo el término en que los Ayuntamientos deberán remitir a este Congreso del Estado el Informe Anual de Ejecución del Plan Municipal de Desarrollo, resulta atinente que este Poder Legislativo les formule una respetuosa exhortación para que cumplan en tiempo y forma con esa obligación” detalla la acción legislativa.
En su informe, los Ayuntamientos deberán señalar los resultados alcanzados de acuerdo a los indicadores establecidos en su Plan Municipal de Desarrollo, así como las modificaciones y ajustes que hubieran efectuado al mismo, además de precisar, en su caso, las desviaciones u obstáculos que se hayan presentado para la concreción de los objetivos fijados.
El documento deberá contener los resultados obtenidos por el Ayuntamiento en el ejercicio de la gestión administrativa, realizada durante el año que se informa con base en las estrategias y
metas planteadas en el Plan Municipal de Desarrollo.
“Así pues se considera que el informe antes descrito será un instrumento valioso en el ámbito del control de la gestión pública que realiza el Congreso del Estado como órgano regulador de la función pública, lo cual contribuye a eficientizar de una mejor manera el ejercicio del gasto público con base en los programas y en la planeación en que se sustenta el desarrollo político, económico y social de Tamaulipas” señalan los diputados.
Y añaden: “el propósito de esta acción legislativa es otorgarle mayor eficacia al trámite de dichos asuntos, en aras de que su presentación ante este Congreso se realice en los términos y con las formalidades que establece el marco jurídico”.